top of page
  • Redacción Marca Poder

AFP: TRÁMITE PARA RETIRO DE FONDOS SE PODRÁ REALIZAR A PARTIR DEL 9 DE DICIEMBRE.

YA TIENE FECHA. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció el procedimiento operativo que permitirá a los afiliados de las AFP’S, acceder al retiro de sus fondos. El trámite de solicitud podrán realizarlo desde el 9 de diciembre. La resolución N°2979-2020, entrará en vigencia el 9 de diciembre, pudiendo los afiliados presentar su solicitud hasta el 9 de marzo del 2021.

Para el procedimiento de retiro, el afiliado deberá ingresar su solicitud conforme a los canales y formatos que establezca la AFP. Con relación al plazo para los desembolsos, para el caso de los que soliciten hasta 4 UIT, se dispone el siguiente cronograma: 1. Primer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente de presentada la solicitud ante la AFP. 2. Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente de efectuado el primer desembolso por la AFP. 3. Tercer desembolso por el remanente hasta 4 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día calendario siguiente de efectuado el segundo desembolso por la AFP. Para los afiliados que solo pueden hacer un retiro excepcional facultativo de hasta 1 UIT, la norma dispone que la AFP realice la entrega en una sola armada en un plazo máximo de 30 días calendario.

bottom of page